jueves, 10 de septiembre de 2009

Clase 4: Rawls 3

9 de Septiembre del año 2009. Santiago, Chile.
Sebastian Jara Luengo




Rawls dice que una teoría utilitarista no implica necesariamente la aplicación directa del principio. Una teoría utilitarista puede excluir la aplicación de su propio principio directo. Telizar no es acorde con el utilitarismo, po ende se justifica lo anterior.

Pero esto es una defensa del utilitarismo porque la razón por la que se aplica el principio retribucionista es el mismo principio utilitarista. Por eso no es una concesion de derrota, sino una defensa del utilitarismo.

Este argumento es tan poderoso porque la justificacion de la práctica se diferencia de las aplicaciones particulares de ella. Generalizando, ¿Porqué tener una regla que me impida aplicar el principio utilitarista? la forma de ver esto puede ser viendo:

Las reglas como resumen: A la Romana; con los funcionarios publicos aparecieron los "libros de reglas" (dogmáticos, que guían decisiones). Son resúmenes, "Las Reglas describe brevemente cómo una cosa es" (Digesto, 50, 17,1)

Un problema se repite y se ha discutido en el pasado. Se repite de un modo suficientemente similar, puede ser tipificadas (caracterizadas genéricamente). Podemos entonces basarnos en nuestras decisiones anteriores para juzgar ahora.

Y para un utilitarista esto es mejor, porque podemos mirar qué pasó con nuestras decisiones en ese ámbito , lo que hace más seguras nuestras predicciones sobre lo que pueda pasar con nuestra decision actual sobre el asunto. Entonces en base a lo que ha pasado, decimos que "siempre ha de hacerse (x)", que tiene un fin utilitario (que quien decida, se remita a esa "regla") y que rige. Esta es la vía (correcta%->Visión) sumaria.

Características de la Visión Sumaria:

1.- Para tener reglas, hemos de tener casos (y muchos) en los que haya pasado la situación, y cuando tenemos suficiente experiencia, se crea la regla. LOS CASOS SON ANTERIORES A LA REGLA

2.- La regla no impone deber alguno porque las reglas como resumen no rompen la transitividad de la relación de justificación. La regla funciona como forma nice de aplicar el principio, pero no constituye la justificación del hecho. ES EL MEJOR MECANISMO PARA LLEGAR AL FIN, SÓLO ESO.

3.- Se justifica porque hay casos suficientemente parecidos. Aprovechamos eso para resolver futuros casos parecidos. Si los casos fuesen lo suficientemente distintos, no habría basse para crear una regla.

4.- La regla no limita la libertad de su destinatario para actuar conforme al principio utilitarista.
"Dado A,B,C; se debe hacer D"
Pero si veo que es "A,B,F; puedo pensar en hacer E porque sería más útil.

"En casos donde la Regla no describa el caso, es falsa" (D° Romano)->se tiene a la regla como "peligrosa" por su deficiencia probable en este asunto.

La regla como resumen es totalmente apta para el utilitarismo, lo que daría lugar a la objeción. Para Rawls el D° Penal no puede ser reglas como resumen porque serían transparentes a la relación, lo q es inaceptable.

Ej: "Amarás al prójimo como a ti mismo" (Principio)
                   |           
                  \/
No Matarás (regla como resumen)
                  |
                 \/
Matar "por amor" -->> La regla DEVIENE INÚTIL (se alude mejor al principio)

Regla como Práctica: El sentido de tener reglas es completamente distinto (recordar que el de las Rgls como resumen es aplicar más fácilmente el principio). El mejor ejemplo es las Reglas del juego (football y su metamorfosis a handball por el cambio de ciertas reglas)

1.- los casos necesitan a la regla. No hay casos de aplicación de la regla anteriores a ella. Sólo porque hay reglas, podemos identificar los casos acordes a ella. Se necesita de la regla para que haya práctica. La regla hace posible una actividad que sin las reglas sería imposible. PRETENDEN CONFIGURAR UNA ACTIVIDAD QUE NO PUEDE EXISTIR SIN LAS REGLAS.

2.- Las reglas como práctica SI ROMPEN LA TRANSITIVIDAD. Aquí si es donde Rawls logra distinguir la justificación de la práctica de las acciones que caen bajo ella.

3-4.- Las Reglas como práctica SÍ LIMITAN la libertad del destinatario para decidir qué hacer, porque para participar de la práctica el destinatario ha de seguir las reglas. COMO JUSTIFICACIÓN DE LA ACCION DE UN PARTICIPANTE DE LA PRÁCTICA SÓLO ESTÁ LA REGLA. La regla por ende, no puede ser derrotada en alusión al principio.

El principio para quien actúa deviene irrelevante, porque el sujeto simplemente se ajusta a la regla.

Entonces la pregunta para el utilitarista es ¿es útil tener la institucion del castigo?

Pero si se debe castigar al Cisarro es una pregunta que se responde en alusión exclusiva a LA REGLA.Esto delimita la discusión al decir que el D° Moderno es una PRÁCTICA (El D° es DECLARACIÓN DE VOLUNTAD).

El razonamiento jurídico es un razonamiento de prácticas. La pregunta sobre la corrección sustantiva de la práctica se hace en el Congreso y vale para cambios de reglas de la práctica. Pero para la práctica en funcionamiento es irrelevante. Las Reglas son Dogmas, se asumen y se autojustifican.

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