sábado, 3 de octubre de 2009

Clase 8: Hart 3 - La primera vez con Dworkin

21 Septiembre del 2009
Por: Miguel Ángel Pelayo Serna

Como hemos visto en las clases anteriores la discreción judicial, para Hart, se presenta como algo excepcional. También hemos distinguido según la idea Hartiana entre casos claros y casoso difíciles. Siendo los primeros aquellos que se solucionan sencillamente con la aplicación de las reglas sin preguntarse sobre la "textura abierta" que el lenguaje de estas nos presenta. En otras palabras, en los casos claros se subsume la solución, se aplica el silogismo jurídico y no hay discreción judicial. Por su parte, los casos difíciles no resisten la aplicación mecánica y requieren de la discreción judicial.

Ahora, bajo la primera tesis, la de los hechos brutos, el juez al decidir "crea" derecho, esto en vista de que declara lo que el derecho es. El juez tiene definitividad.

Bajo la segunda tesis, aquella que no es explícita y está implícita el texto, la crítica a la primera es que esta no da explicación satisfactoria del fenómeno de la derrotabilidad de las reglas. (El caso del hombre que se queda dormido en la estación de trenes).

En esta seunda tesis, Hart plantea la posibilidad de reglar, congelar los significados y sentidos de los términos en las reglas que establezcan condiciones necesarias y suficientes para determinar las soluciones. Esto, de acuerdo a Hart, no sería en realidad razonable. El juez, según Hart, siempre estará sometido a la tensión de los valores sociales: la certeza (las reglas claras), que los resultados de aplicación sean adecuados a los casos (justicia). La "textura abierta", en consecuencia, nos permite adecuar las reglas a los casos de derrotabilidad de las reglas.

Algunas dificultades sobre la teoría de Hart:
La teoría de Hart es difícil por dos cosas:

1) Inconsistencia de lo anterior con su teoría que distingue derecho y moral. ("Lo que debe ser derecho, en contraste con, lo que es derecho")

2) En la segunda tesis hay un criterio evaluativo, moral para distinguir ente los casos claros y los casos difíciles. Este no es un criterio imparcial. El juez siempre debe evaluar "certeza y adecuación". En consecuencia, deviene en escepticismo, por no encontrar un criterio neutral y necesitar uno valorativo. Las reglas no guían al juez, éste siempre tiene que preguntarse. El gran problema de Hart, es que no se escinde de la idea "autómata" del juez.

Dworkin si ve y entiende que el juez tiene que el juez tiene que interpretar y ponderar en algo más que simplemente las reglas.

Dworkin ve siempre al derecho desde la adjudicación. Toda teoría del derecho tiene su inicio en una teoría de la adjudicación. Dworkin es un círitico de la idea de que las reglas son hechas sociales y que las reconocemos por reglas de reconocimientos, según él, no se puede entender la noción de regla sin sustantividad.

También es crítico de la discreción judicial (Hartiana), dice y defiende que hay una respuesta correcta a priori.

Dworkin, además, incorpora los principios a las reglas. Estos se pueden aplicar en distintos gradfos. Dworkin plantea que si ignoramos esos principios, llegar a la respuesta correcta se torna imposible.

Ahora bien, Dworkin, distingue entre dos discreciones judiciales:

Débil: El juez debe aplicar derecho y deliberar que determina el derecho.
Fuerte: Discreción cuando no está sujeto a ningún estádar, cuando puede decidir el conflicto en términos absolutos.

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