lunes, 14 de diciembre de 2009

Clase 36

30 Noviembre 2009
Por Daniel Moris



Alonso

La metodología que ocupa Alonso es lo importante, no sólo la conclusión de encontrar lagunas e incorporar el derecho.



El problema tratado por el autor es si el dueño, que recuperó la posesión, debe o no indemnizar al antiguo poseedor por los gastos que invirtió en la cosa.

Hay dos opciones: es obligatorio o no es obligatorio indemnizar para el dueño.

La respuesta a esto es una solución: es obligatorio o es permitido (porque no tendría sentido prohibirle al dueño indemnizar... si quiere hacer, bueno, que lo haga).

Las reglas se pueden entender, entonces, como correlatos de casos con soluciones. Los casos son ciertas circunstancias de las que depende la solución, como la buena o mala fe. Estas dos propiedades abarcan todos los casos concebibles (son exhaustivas), aparte de ser mutuamente excluyentes. Actuar de buena o mala fe es una cuestión de hecho, calificable de verdadero o falso. Además se distingue en tipos de gastos: necesarios (GN), útiles (GU) y suntuosos o voluptuarios (GS o GV). El paradigma de GN es el pago de una hipoteca por parte del poseedor. Los GU, sin ser necesarios, son racionales, aumentando el valor de la cosa. Los GS no son ni necesarios ni útiles. Entonces la solución deóntica que se dé depende de la buena o mala fe y del tipo de gasto, de qué propiedades sean verdaderas en cada caso.

Los casos son conjuntos de propiedades. Los genéricos son los de propiedades posibles. Los especiales se refieren a un caso en particular.

[ver “matriz del Sistema Normativo” en guía]

Ante una “laguna”, autores dirían que el juez tiene, evidentemente, discreción en sentido fuerte. Entonces, cada solución “cayó donde cayó”, sin ninguna lógica. Así no se puede sacar para 4) una solución contenida en los otros casos.

Ahora, si se supone que la legislación es el resultado de una acción racional, hay espacio para decir que las soluciones no son puro azar, sino que los casos están ordenados de acuerdo a cierta lógica, teniendo que ocupar el intelecto, con discreción en sentido débil.

Alonso nota que, en general, hay conexión entre las decisiones, en base a 3 principios (no se transcribe el primero):

(α) GN ≥ GU ≥ GS

(β) BF ≥ ¬BF

Se llega así a un sistema que aún deja un amplio espacio, estableciendo sólo un límite máximo [O(p)] y uno mínimo [F(s)].



Versión corregida (atriana):

(α') GN > GU > GS

(β') BF > ¬BF

Tenemos que se achica el rango de respuestas posibles... ¿Y por qué no?

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